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decreto 1181 de 2021

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Artículo 1Modificación

Modificación. Modificar et·

Parágrafo transitorio

del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1372 de 2018, y modificado por los Decretos 496 y 1764 de 2020, el cual quedará así: "

Parágrafo transitorio

Para el caso del primer período de los delegados elegidos para la conformación e instalación de dicho espacio y en el marco de la autonomía de los pueblos, su período culmina el 30 de septiembre de 2022.' El proceso de elección de los delegados de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y Palenqueras para un nuevo período, iniciará en el mes de julio de 2022 y su período institucional comenzará el 1 de octubre de 2022, sin necesidad de un acto formal de instalación".

Parágrafo transitorio

Artículo 2.5.1.4.7. DECRETO 1066 de 2015

Artículo 2Vigencia Y Derogatorias

Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1764 del 23 de diciembre de 2020 y modifica el

Parágrafo transitorio

del artículo 2.5.1.4.7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1372 de 2018.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 6 del Convenio 169 de 1989 de la OIT, aprobado mediante la Ley 21 de 1991, Y
EL MINISTRO DEL INTERIOR