Micelio

decreto 674 de 1934

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en sesión de 23 de marzo del presente año autorizó el traslado de la suma de $200 dentro del capítulo 55 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Artículo 1

Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Del capítulo 55, artículo 255.. $ 200 Al capítulo 55; artículo 255-A. (nuevo). Para pagar, al señor José María Phillips la indemnización reconocida a su favor por el incumplimiento de un contrato de arrendamiento de unos lotes de terreno situados en el Municipio de Cajamarca, con destino a la construcción del ferrocarril Ibagué Armenia.$ 200

Sumas iguales.200 200

Comuníquese y publíquese.

Artículo 255

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Del capítulo 55, artículo 255. . $ 200 Al capítulo 55; artículo 255-A. (nuevo). Para pagar, al señor José María Phillips la indemnización reconocida a su favor por el incumplimiento de un contrato de arrendamiento de unos lotes de terreno situados en el Municipio de Cajamarca, con destino a la construcción del ferrocarril Ibagué Armenia .$ 200 Sumas iguales .200 200 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Obras Públicas