Micelio

decreto 116 de 1953

2 artículos · lectura continua

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Delégase En El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales La Construcción De La Obra De Prolongación De La Vía Férrea Desde La Isla De Tumaco Hasta El Terminal Marítimo, En La Isla Del Morro, Obra Indispensable Para Evitar Los Trasbordos

°. Delégase en el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales la construcción de la obra de prolongación de la vía férrea desde la Isla de Tumaco hasta el Terminal Marítimo, en la isla del Morro, obra indispensable para evitar los trasbordos.

Artículo 2El Ministerio De Obras Públicas Entregará Al Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales, Con Destino A La Obra Antes Mencionada, La Cantidad De $70

°. El Ministerio de Obras Públicas entregará al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, con destino a la obra antes mencionada, la cantidad de $70.000.00, los cuales se imputarán al Capítulo 113, artículo 1823 del presupuesto de Gastos para la actual vigencia. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas