Micelio

decreto 2359 de 1988

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Artículo 1º A Partir Del 30 De Diciembre De 1988, Créase El Cargo De Un (1) Embajador Alterno, Grado Ocupacional 7 Ex, En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas, Onu, Con Sede, En Nueva York, Estados Unidos De América, Con Una Asignación Mensual De Tres Mil Ochocientos Nueve Dólares Con 05/100 (Us$ 3

º A partir del 30 de diciembre de 1988, créase el cargo de un (1) Embajador Alterno, Grado Ocupacional 7 EX, en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede, en Nueva York, Estados Unidos de América, con una asignación mensual de tres mil ochocientos nueve dólares con 05/100 (US$ 3.809.05).

Artículo 2º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público