Micelio

decreto 13 de 1900

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Artículo 1Decreto 531 De 1899 Deroga Artículo 3 Decreto 531 De 1899

Art. 1. Deróguese el Decreto número 483 de 20 de Octubre del año próximo pasado y los artículos 2 y 3 marcado con el número 531 del mismo mes y año, cuyas disposiciones trataban de la prohibición y de la licencia de registro de instrumentos públicos y privados.

Artículo 2

Art. 2. El presente Decreto empezará a regir desde la fecha de su publicación. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Guerra
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Subsecretario del Tesoro, encargado del Despacho