El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Ordénase El Resello De Las Estampillas De Correo Nacional Que Se Indican A Continuación, Para Sobre - Porte Aéreo Ordinario: 5
° Ordénase el resello de las estampillas de correo nacional que se indican a continuación, para sobre - porte aéreo ordinario: 5.600.000 de $ 0.08 con sobre - carga de "Extra-rápido", de $ 0.02. 1.500.000 estampillas de $ 1.00, emisión "Corográfica", con sobre - carga "Extra - rápido".
Artículo 2El Gasto A Que Se Refiere El Artículo Anterior Lo Hará El Departamento De Giros Del Ministerio De Comunicaciones, Con Cargo A La Cuenta "3% Correo Aéreo"
° El gasto a que se refiere el artículo anterior lo hará el Departamento de Giros del Ministerio de Comunicaciones, con cargo a la cuenta "3% Correo Aéreo". Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Comunicaciones