Artículo 1Apruébase El Siguiente Decreto: Decreto Número 190 (Junio 23 De 1926), Por Al Cual Se Aumenta El Precio De Unas Raciones Alimenticias
º Apruébase el siguiente Decreto: Decreto número 190 (junio 23 de 1926), por al cual se aumenta el precio de unas raciones alimenticias. El Gobernador del Departamento, en uso de la facultad que le confiere el Decreto número 1203, de 29 de agosto de 1923, decreta:
Artículo 1A Contar Del Primero De Julio Venidero, La Ración Alimenticia De Los Presos Pobres Que Son De Cargo De La Nación, En La Cárcel Del Circuito De Santa Rosa De Cabal, Será Hasta De Treinta Y Cinco Centavos ($ 0-35)
º A contar del primero de julio venidero, la ración alimenticia de los presos pobres que son de cargo de la Nación, en la Cárcel del Circuito de Santa Rosa de Cabal, será hasta de treinta y cinco centavos ($ 0-35).
Artículo 2Autorízase Al Alcalde Del Referido Municipio, Para Celebrar El Contrato Respectivo En La Forma Más Conveniente Para La Nación, Ciñéndose Para Ello A Lo Que Dispone El Decreto Número 1565, De 7 De Noviembre De 1922
º Autorízase al Alcalde del referido Municipio, para celebrar el contrato respectivo en la forma más conveniente para la Nación, ciñéndose para ello a lo que dispone el Decreto número 1565, de 7 de noviembre de 1922. Comuníquese, publíquese y consúltese con el señor Ministro de Gobierno. Dado en Manizales a 23 de junio de 1926. F. J. Ocampo -El Secretario de Gobierno, Antonio J. Botero.
Artículo 2La Ración Alimenticia Diaria De Que Se Trata, Durará Por El Tiempo Del Alza Del Precio De Los Víveres En La Población Expresada
º La ración alimenticia diaria de que se trata, durará por el tiempo del alza del precio de los víveres en la población expresada. Comuníquese y publíquese.