Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
Gastos de Administración y otros.
CAPITULO 41.
Gastos varios.
MINISTERIO DE GOBIERNO.
CAPITULO 10.
Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales.
Artículo 469Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 850
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. Gastos de Administración y otros. CAPITULO 41. Gastos varios. A1a Del artículo 469. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 850.000.00 Suman los contracréditos $ 850.000.00 MINISTERIO DE GOBIERNO. CAPITULO 10. Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales. C1a (a) Al artículo 160. Para dotar a la Imprenta Nacional y sus dependencias de maquinaria y accesorios que la capaciten para ejecutar los trabajos del ramo que necesite la Administración Pública, en el año $ 850.000.00 Suman los contracréditos $ 850.000.00
Artículo 2
Artículo segundo . Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,