Micelio

decreto 537 de 1955

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Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

Gastos de Administración y otros.

CAPITULO 41.

Gastos varios.

MINISTERIO DE GOBIERNO.

CAPITULO 10.

Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales.

Artículo 469Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 850

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. Gastos de Administración y otros. CAPITULO 41. Gastos varios. A1a Del artículo 469. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 850.000.00 Suman los contracréditos $ 850.000.00 MINISTERIO DE GOBIERNO. CAPITULO 10. Imprenta Nacional y Almacén de Publicaciones Oficiales. C1a (a) Al artículo 160. Para dotar a la Imprenta Nacional y sus dependencias de maquinaria y accesorios que la capaciten para ejecutar los trabajos del ramo que necesite la Administración Pública, en el año $ 850.000.00 Suman los contracréditos $ 850.000.00

Artículo 2

Artículo segundo . Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas