Micelio

decreto 1296 de 1936

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 29 de mayo próximo pasado, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización para efectuar algunos traslados en los presupuestos de los Ministerios de Gobierno, Hacienda, Educación Nacional, Obras Públicas y Departamento Nacional de Higiene, conforme lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley 64 de 1931

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Gobierno:

° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Gobierno:

Artículo 2Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público:

° Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:

Artículo 3Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional:

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional:

Artículo 4Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas:

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas:

Artículo 5Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Departamento Nacional De Higiene: Comuníquese

°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene: Comuníquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Secretario, autorizado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas