en ejercicio de las facultades consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los Decretos 2157 y 2160 de 1992, y CONSIDERANDO: Que en uso de las facultades concedidas por el artículo transitorio número 20 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional expidió los Decretos 2157 de 1992, por el cual se reestructuró el Ministerio de Justicia y el 2160 que fusionó la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia. Que con base en la via
Considerando · 5 motivos
Que en uso de las facultades concedidas por el artículo transitorio número 20 de la Constitución Política, el Gobierno Nacional expidió los Decretos 2157 de 1992, por el cual se reestructuró el Ministerio de Justicia y el 2160 que fusionó la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.
Que con base en la viabilidad presupuestal emitida por la Dirección General de Presupuesto el 30 de abril de 1993, se aprobó mediante el Decreto número 1130 de 1993, el Acuerdo número 002 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec - que determina la planta de personal. La disponibilidad presupuestal está subordinada a la existencia en la ley de apropiaciones de partidas para el funcionamiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec -.
Que en la ley de apropiaciones de la vigencia fiscal de 1993, no figura el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec - lo cual significa que los Decretos números 1242 y 1130 de 1993 no pueden ser aplicados.
Que por lo anterior es necesario que la Dirección General de Prisiones continúe funcionando hasta el 31 de diciembre de 1993, mientras se aprueben las partidas presupuestales para el funcionamiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec - .
Que al establecer la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, es necesario definir transitoriamente la planta de personal de la Dirección General de Prisiones, mientras que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec - asume sus funciones;
Artículo 1°
°. Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Justicia, establecida mediante el Decreto número 883 de 1991, los cargos que a continuación se relacionan, en desarrollo del Decreto número 2157 de 1992. No. de cargos Denominación y dependencia Código Grado OFICINA DE INVESTIGACIONES SOCIO JURIDICAS Y DE PREVENCION DEL DELITO 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DESPACHO DEL SECRETARIO GENERAL 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Conductor Mecánico 6010 08 OFICINA JURIDICA 1 Ayudante de Oficina 5155 07 1 Conductor Mecánico 6010 08 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DIVISION DE PERSONAL 1 Profesional Universitario 3020 05 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Coordinador 5005 21 1 Cajero 5095 10 5 Secretario 5140 10 2 Secretario 5140 08 2 Secretario 5140 06 3 Ayudante de Oficina 5155 07 DIVISION ADMINISTRATIVA 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 4 Secretario 5140 10 1 Secretario 5140 08 2 Secretario 5140 06 1 Supervisor 5105 12 2 Ayudante de Oficina 5155 07 4 Ayudante de Oficina 5155 05 2 Operario Calificado 6000 09 5 Operario Calificado 6000 05 9 Celador 6020 06 1 Conductor Mecánico 6010 08 29 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 DIVISION DE PRESUPUESTO Sección de Ejecución Presupuestal. 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Coordinador 5005 21 1 Secretario 5140 08 Sección de Tesorería. 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 DIVISION DE ASISTENCIA A LA RAMA JURISDICCIONAL 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Ayudante de Oficina 5155 07 DIRECCION GENERAL DE LA ESCUELA JUDICIAL "RODRIGO LARA BONILLA" DIVISION DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y DESARROLLO INSTITUCIONAL 1 Dibujante 4095 08 1 Secretario 5140 08
Artículo 2° Suprimir De La Planta De Personal De La Dirección General De Prisiones, Los Cargos Que A Continuación Se Relacionan, En Desarrollo Del Decreto Número 2160 De 1992
° Suprimir de la planta de personal de la Dirección General de Prisiones, los cargos que a continuación se relacionan, en desarrollo del Decreto número 2160 de 1992. No. de cargos Denominación y dependencia Código Grado DIRECCION GENERAL DE PRISIONES 1 Asistente Administrativo 4140 15 DIVISION DE INSPECCION 1 Secretario 5140 10 DIVISION DE REHABILITACION 1 Auxiliar de Técnico 4110 06 DIVISION DE SEGURIDAD Y CONTROL 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 Establecimientos de Detención Penas y Medidas de Seguridad 1 Instructor 4085 08 2 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 2 Secretario 5140 10
Artículo 3° Las Funciones Propias Del Ministerio De Justicia Y Del Derecho, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: No
° Las funciones propias del Ministerio de Justicia y del Derecho, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: No. de cargos Denominación y dependencia Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 Ministro 0005 -- 2 Asesor 1020 12 2 Asesor 1020 09 2 Profesional Especializado 3010 18 1 Secretario Privado 3035 17 1 Analista de Sistemas 4005 15 2 Secretario Ejecutivo 5040 17 3 Secretario Ejecutivo 5040 15 3 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro 5230 22 2 Conductor Mecánico 6010 10 DESPACHO DEL VICEMINISTRO 1 Viceministro 0020 -- 2 Asesor 1020 12 2 Profesional Especializado 3010 18 1 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 1 Secretario Ejecutivo 5040 18 2 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Conductor Mecánico 6010 10 PLANTA DE PERSONAL GLOBAL 1 Secretario General de Ministerio0035 0035 20 3 Director Técnico de Ministerio 0100 19 1 Director General de la Escuela Judicial 0048 -- 1 Asesor 1020 10 4 Asesor 1020 06 1 Asesor 1020 04 5 Jefe de Oficina 2045 25 1 Jefe de Oficina 2045 19 3 Jefe de División 2040 24 8 Jefe de División 2040 23 11 Profesional Especializado 3010 18 10 Profesional Especializado 3010 17 20 Profesional Especializado 3010 16 13 Profesional Especializado 3010 15 33 Profesional Especializado 3010 14 8 Profesional Especializado 3010 13 5 Profesional Especializado 3010 12 8 Profesional Especializado 3010 10 9 Profesional Universitario 3020 08 11 Profesional Universitario 3020 06 2 Profesional Universitario 3020 05 5 Analista de Sistemas 4005 15 2 Analista de Sistemas 4005 13 1 Técnico en Presupuesto 4035 15 2 Técnico en Presupuesto 4035 14 21 Técnico Administrativo 4065 11 50 Operador Equipo de Sistemas 4100 08 2 Asistente Administrativo 4140 15 2 Coordinador 5005 21 5 Secretario Ejecutivo 5040 18 5 Secretario Ejecutivo 5040 17 12 Secretario Ejecutivo 5040 15 24 Auxiliar Administrativo 5120 11 10 Auxiliar Administrativo 5120 09 15 Auxiliar Administrativo 5120 07 2 Operario Calificado 6000 11 5 Operario Calificado 6000 09 16 Conductor Mecánico 6010 09 50 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08
Artículo 4° Las Funciones Propias De La Dirección General De Prisiones Del Ministerio De Justicia Y Del Derecho, Serán Cumplidas Hasta El 31 De Diciembre De 1993, Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No
° Las funciones propias de la Dirección General de Prisiones del Ministerio de Justicia y del Derecho, serán cumplidas hasta el 31 de diciembre de 1993, por la planta de personal que a continuación se establece: No. de cargos Denominación y dependencia Código Grado PLANTA DE PERSONAL GLOBAL 1 Director Técnico de Ministerio 0100 18 1 Asesor 1020 08 5 Asesor 1020 06 12 Asesor 1020 05 1 Asesor 1020 03 4 Jefe de División 2040 19 1 Comandante Superior de Prisiones 2041 09 6 Profesional Especializado 3010 16 16 Profesional Especializado 3010 14 20 Profesional Especializado 3010 12 102 Profesional Especializado 3010 10 2 Profesional Especializado 3010 09 48 Profesional Universitario 3020 08 59 Profesional Universitario (1/2 Tiempo) 3020 08 10 Profesional Universitario 3020 06 191 Profesional Universitario.(1/2 Tiempo) 3020 06 31 Profesional Universitario 3020 05 12 Profesional Universitario 3020 03 35 Capellán (1/2 Tiempo 3060 04 22 Médico u Odontólogo (1/2 Tiempo) 3085 14 10 Analista de Sistemas 4005 13 9 Técnico en Presupuesto 4035 13 2 Programador de Sistemas 4060 12 18 Técnico Administrativo 4065 11 6 Técnico Administrativo 4065 09 51 Técnico Administrativo 4065 07 113 Instructor 4085 10 80 Instructor 4085 08 1 Dibujante 4095 08 53 Operador de Equipo de Sistemas 4100 08 26 Auxiliar de Técnico 4110 06 42 Dactiloscopista 4125 07 5 Mayor de Prisiones 5000 12 2 Coordinador 5005 21 1 Secretario Ejecutivo 5040 17 4 Secretario Ejecutivo 5040 15 9 Secretario Ejecutivo 5040 13 7 Secretario Ejecutivo 5040 11 34 Pagador 5045 17 21 Director de Establecimiento Carcelario 5070 18 26 Director de Establecimiento Carcelario 5070 15 40 Director de Establecimiento Carcelario 5070 13 88 Director de Establecimiento Carcelario 5070 11 4 Almacenista 5080 15 28 Capitán de Prisiones 5110 11 33 Subdirector de Establecimiento Carcelario 5115 11 16 Subdirector de Establecimiento Carcelario 5115 09 77 Auxiliar Administrativo 5120 11 22 Secretario 5140 10 2 Secretario 5140 08 8 Secretario 5140 06 48 Teniente de Prisiones 5145 09 12 Ecónomo 5150 07 76 Ayudante de Oficina 5155 07 120 Ayudante de Oficina 5155 05 105 Sargento de Prisiones 5165 06 459 Cabo de Prisiones 5170 05 334 Guardián de Prisiones 5175 04 4.398 Guardián de Prisiones 5175 02 14 Operario Calificado 6000 09 28 Conductor Mecánico 6010 09 20 Operario 6030 05 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 08 22 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07 140 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 120 Enfermero Auxiliar 6045 09
Las normas que determinan la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - Inpec-, entrarán a regir a partir del 31 de diciembre de 1993.
Artículo 5° El Ministro De Justicia Y Del Derecho, Distribuirá Mediante Resolución, Los Cargos De La Planta De Personal Global De Que Trata El Artículo 3° Del Presente Decreto
° El Ministro de Justicia y del Derecho, distribuirá mediante resolución, los cargos de la planta de personal global de que trata el artículo 3° del presente Decreto. El Director Técnico la efectuará para la Dirección General de Prisiones. La distribución se hará de acuerdo con la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 6° Los Funcionarios Que A La Fecha De Publicación De Este Decreto, Se Hallen Nombrados En Cualquiera De Los Cargos Relacionados En Los Artículos Primero Y Segundo, Tendrán Derecho Al Pago De Las Indemnizaciones O Bonificaciones De Que Tratan Los Artículos 41 A 43 Del Decreto 2157 De 1992 Y Los Artículos 18 A 20 Del Decreto 2160 De 1992, Siempre Y Cuando Se Cumpla Con Los Presupuestos Legales Establecidos Para El Efecto
° Los funcionarios que a la fecha de publicación de este Decreto, se hallen nombrados en cualquiera de los cargos relacionados en los artículos primero y segundo, tendrán derecho al pago de las indemnizaciones o bonificaciones de que tratan los artículos 41 a 43 del Decreto 2157 de 1992 y los artículos 18 a 20 del Decreto 2160 de 1992, siempre y cuando se cumpla con los presupuestos legales establecidos para el efecto.
Artículo 7° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto Número 883 De 1991 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 883 de 1991 y las demás disposiciones que le sean contrarias.