Micelio

decreto 3758 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia
Considerando · 2 motivos

Que es de gran conveniencia para la Nación intensificar los estudios de geología con el fin de determinar la riqueza del subsuelo del país, y poder planear sobre bases técnicos el desarrollo de la industria minera nacional; Que, para el efecto, es indispensable el levantamiento de la carta geológica nacional, para lo cual se requieren los servicios de fotogeólogos que puedan aprovechar los trabajos aerofotogramétricos ya levantados por el Instituto Geográfico Militar y Catastral;

Que no existiendo técnicos fotogeólogos nacionales, es preciso traer al país el personal indispensable para el cumplimiento de tales labores;

Artículo 1Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Primero

Texto vigente desde 02/03/2021derogado por ley 2085/21

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo primero. Créanse en el Servicio Geológico Nacional, del Ministerio de Minas y Petróleos, los siguientes cargos en el ramo de Fotogeologia, así:

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 21/12/1950 – 02/03/2021

Artículo primero. Créanse en el Servicio Geológico Nacional, del Ministerio de Minas y Petróleos, los siguientes cargos en el ramo de Fotogeologia, así: 1 Geólogo Jefe de Campo US$ 900.00 1 Fotogeólogo Jefe 800.00 1 Petrólogo de Minerales Pesados 700.00 1 Micropaleontólogo 700.00 2 Geólogos, cada uno 400.00

Artículo 2Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Artículo segundo. Derogado.

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 21/12/1950 – 02/03/2021

Artículo segundo. Los gastos que demande la traída de este personal, en caso de no conseguirse en el país, se harán con cargo al presupuesto del Ministerio de Minas y Petróleos.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura, y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Higiene
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Comercio e Industrias
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Correos y Telégrafos
El Ministro de Obras Públicas