en ejercicio de sus atribuciones legales, y de las que le confiere el Decreto legislativo número 1600 de 1953
Artículo 1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Suprímanse Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Secretaría General - Sección Jurídica
° A partir de la fecha del presente Decreto, suprímanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Secretaría General - Sección Jurídica. Mensual. 1 Abogado Jefe $ 1.700.00 2 Abogados Auxiliares, a $ 900.00 cada uno 1.800.00 Mensual. 1 Secretario $ 700.00 1 Oficial Mayor 400.00 1 Auxiliar de Oficina 350.00 2 Mecanotaquígrafas, $ 300.00 cada una 600.00 1 Ayudante 300.00 1 Chofer 275.00 $ 6.125.00
Artículo 2A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Créanse Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Secretaría General - Sección Jurídica
° A partir de la fecha del presente Decreto, créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Secretaría General - Sección Jurídica. Mensual. 1 Abogado Jefe 1.500.00 1 Abogados Auxiliares, 1.000.00 1 Secretario $ 800.00 1 Sustanciador 350.00 1 Oficial Mayor 400.00 1 Auxiliar de Oficina 350.00 1 Mecanotaquígrafas 350.00 2 Mecanógrafas, a $ 300.00 cada una 600.00 1 Ayudante 300.00 1 Conserje 200.00 $ 5.500.00 Comuníquese y publíquese.