Micelio

decreto 1952 de 1955

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Artículo 1

Artículo primero. Se autoriza al Ministerio de Agricultura para vender directamente a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, y por un precio no inferior al avalúo que se haga por el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", la totalidad o parte de la finca nacional denominada "El Codito", en el Municipio de Chía, que no se requiera para la obra de la Autopista "Paseo de los Libertadores".

Artículo 2

El producto de la venta de la finca de que trata el artículo anterior, ingresará como disponibilidad para el funcionamiento del Departamento de Investigación Agropecuaria, conforme al artículo 12 del Decreto-ley número 0962-bis de 1955.

Artículo 12Del Decreto-Ley Número 0962-Bis De 1955

Artículo segundo. El producto de la venta de la finca de que trata el artículo anterior, ingresará como disponibilidad para el funcionamiento del Departamento de Investigación Agropecuaria, conforme al artículo 12 del Decreto-ley número 0962-bis de 1955.

Artículo 3

Artículo tercero. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas