Micelio

decreto 2159 de 1969

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero . El Gobierno Nacional participará en la Exposición conmemorativa del Sesquicentenario de la Fundación de la Gran Colombia, que se efectuará en Caracas a partir del próximo 15 de diciembre.

Artículo 2

Artículo segundo . Para hacer efectivo el artículo anterior, autorízase a los señores Ministros de Relaciones Exteriores y de Educación Nacional y al Gerente del Banco de la República para enviar a la Embajada de Colombia en Caracas, con las seguridades del caso, los documentos, cuadros y objetos históricos de los Museos y Archivos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del Instituto Colombiano de Cultura, de la Casa de la Moneda de Bogotá y del Banco de la República.

Artículo 3

Artículo tercero . Comisiónase al doctor Francisco Fandiño Silva, Jefe de la División de Relaciones Culturales y Divulgación del Ministerio de Relaciones Exteriores, para viajar a Caracas a fin de llevar los elementos para la Exposición Gran Colombiana, y una vez clausurada la Exposición, viajar nuevamente para recuperarlos y conducirlos a Bogotá.

Artículo 4

Artículo cuarto . El doctor Fandiño Silva tendrá derecho a los pasajes aéreos entre Bogotá y Caracas, tanto para llevar los documentos y objetos de la Exposición, como para traerlos, y a viáticos de $ 50.00 diarios por un total de seis días, sumas que se pagarán de conformidad con lo dispuesto en el Decreto número 142 de 1935.

Artículo 5

Artículo quinto . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Reaciones <sic> Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional, encargado