Artículo 1Reconócese Y Ordénase El Pago A Favor De La Firma Cuéllar, Serrano Gómez & Cía Limitada, De La Cantidad De Treinta Y Cuatro Mil Setecientos Treinta Y Un Pesos Con Cuarenta Y Dos Centavos ($ 34
° Reconócese y ordénase el pago a favor de la firma Cuéllar, Serrano Gómez & Cía Limitada, de la cantidad de treinta y cuatro mil setecientos treinta y un pesos con cuarenta y dos centavos ($ 34.731.42) moneda corriente, por concepto de los gastos hechos para el estudio de la localización y necesidades de la nueva Central de Radio y Televisión, a que se refiere la parte motiva de este Decreto, los cuales se pagarán con cargo al Capitulo 4°, artículo 79 del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° El presente Decreto rige desde su fecha y suspende las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas