en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por el artículo 120 numeral 1º de la Ley 489 de 1998
Artículo 1º
º. Supresión y Liquidación . Suprímase a partir de la publicación del presente decreto, la Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas" NASA KIWE" establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio del Interior, creado mediante Decreto 1179 de 1994. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicho Establecimiento entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre de 1999 y utilizará para todos los efectos la denominación Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "NASA KIWE", en liquidación. La liquidación se realizará conforme a las disposiciones del presente decreto, al procedimiento que para el efecto establezca el Decreto Ley de que trata el numeral 3 del artículo 120 de la Ley 489 de 1998.
Artículo 2º
º. Prohibición para iniciar nuevas actividades . La Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "NASA KIWE" en liquidación no podrá iniciar nuevas actividades en desarrollo de su objeto y conservará su capacidad jurídica, únicamente, para expedir los actos y celebrar los contratos necesarios para su liquidación.
Artículo 3º
º. Terminación de la existencia de la Entidad . Vencido el término señalado para la liquidación, quedará terminada la existencia jurídica de la Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "NASA KIWE", para todos los efectos.
Artículo 4º
º. Traspaso de bienes . Todos los bienes, activos, derechos y obligaciones de la Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "NASA KIWE" pasarán al Ministerio del Interior, realizando los actos que sean necesarios para el traspaso, los cuales no causarán derecho notarial y de registro, ni cargo adicional alguno.
Artículo 5Asunción De Funciones
º. Asunción de Funciones . Las funciones que desarrollaba la Corporación Nacional para la Reconstrucción de la Cuenca del Río Páez y Zonas Aledañas "NASA KIWE", continuarán desarrollándose por la dependencia correspondiente en el Ministerio del Interior. CAPITULO II DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 6º
º. Disposiciones laborales . El Gobierno Nacional en el proceso de liquidación, obrará con estricta sujeción a lo dispuesto en la Ley 443 de 1998 y sus Decretos Reglamentarios, garantizando los derechos de los servidores públicos.
Artículo 7Obligaciones Especiales De Los Empleados De Manejo Y Confianza Y Responsables De Los Archivos De La Entidad
º. Obligaciones especiales de los empleados de manejo y confianza y responsables de los archivos de la Entidad. Los empleados que desempeñen empleos o cargos de manejo y confianza y los responsables de los archivos de la Entidad deberán rendir las correspondientes cuentas fiscales e inventarios y efectuar la entrega de los bienes y archivos a su cargo, conforme a las normas y procedimientos establecidos por la Contraloría General de la República, la Contaduría General de la Nación y el Archivo General de la Nación, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad fiscal a que haya lugar en caso de irregularidades.
Artículo 8
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1179 de 1994.