El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
El Decreto número 2001 de 8 de octubre de 1943 "por el cual se dictan algunas medidas sobre control de importaciones", sólo regirá a partir del 1º de enero de 1944.
Artículo 5Decreto 2001 De 1943 Comuníquese Y Publíquese
Artículo único. El Decreto número 2001 de 8 de octubre de 1943 "por el cual se dictan algunas medidas sobre control de importaciones", sólo regirá a partir del 1º de enero de 1944.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de la Economía Nacional