en uso de sus atribuciones legales y en especial de la que le confiere la Ley 4a de 1970, y CONSIDERANDO: Que en varios barrios de la ciudad de Cali y algunos Municipios del Departamento del Valle del Cauca, las inundaciones ocasionadas por el invierno de fines del año próximo pasado, afectaron a un gran número de familias
Considerando · 3 motivos
Que en varios barrios de la ciudad de Cali y algunos Municipios del Departamento del Valle del Cauca, las inundaciones ocasionadas por el invierno de fines del año próximo pasado, afectaron a un gran número de familias;
Que el señor Gobernador del referido Departamento ha solicitado un auxilio especial para atender a los damnificados por dichas inundaciones, y;
Que el Gobierno Nacional ha considerado siempre necesario y justo conceder su aporte económico en emergencias de esta naturaleza;
Artículo 1De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia, Capítulo 101, Artículo 1015, Para Calamidades Públicas, Destínase La Suma De Cuatrocientos Mil Pesos ($ 400
° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia, Capítulo 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destínase la suma de cuatrocientos mil pesos ($ 400.000.00) moneda corriente, que será entregada al Tesorero Departamental del Valle del Cauca, a órdenes del Gobernador de ese mismo Departamento, con destino a los damnificados por las inundaciones a que se refiere la parte motiva de este Decreto.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.