Micelio

decreto 988 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que en el Presupuesto extraordinario vigente se apropió la suma de $ 100.000 para las obras de terminación del Palacio Nacional de Medellín

Considerando · 4 motivos

Que en el Presupuesto extraordinario vigente se apropió la suma de $ 100.000 para las obras de terminación del Palacio Nacional de Medellín;

Que la Dirección de Edificios Nacionales tiene elaborados los planos para la ejecución de esas obras;

Que también se apropió en dicho Presupuesto una partida para la iniciación de las obras del pabellón de talleres del Instituto "Pascual Bravo" de la expresada ciudad; y;

Que la mencionada Dirección de Edificios tiene terminados los planos para la construcción de tal pabellón;

Artículo 1

Artículo único. Establécense las obras de terminación del Palacio Nacional de Medellín y las de construcción del pabellón de talleres del Instituto "Pascual Bravo" de la misma ciudad, y adscribense las funciones de Ingeniero Administrador, Cajero - Contador y Almacenista de estas obras, al Ingeniero Administrados, Cajero - Contador y Almacenista de las obras de Edificios Nacionales, que se construyen actualmente en Medellín. Los últimos empleados responderán de su manejo con las fianzas que tienen otorgadas a favor de la Nación. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas