DecretoVigente
Decreto 1987 de 1924
Por el cual se dispone la entrega e inversión de la partida que vota la ley de apropiaciones vigente para la carretera de Chinácota a La Donjuana
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Bajo La Administración Del Señor Gobernador Del Norte De Santander, Se Invertirá En La Construcción De La Carretera De Chinácota A La Donjuana El Auxilio Que Para Esta Vía Vota El Presupuesto En Curso2El Citado Señor Colmenares, Además Del Recibo De Fondos, Tendrá A Su Cargo El Pago De Gastos Y Rendición De Cuentas De Inversión A La Contraloría General De La República, Debiendo, Antes De Entrar En Ejercicio, Prestar El Aseguro Legal Correspondiente3La Nombrada Gobernación Queda Encargada De Hacer Que La Construcción Se Ejecute Sobre Los Planos Aprobados, Obteniendo Que El Ingeniero Que Dirija Las Obras Rinda Mensualmente Informes Sobre Los Trabajos Que Se Realicen Con Los Dineros Del Auxilio Nacional, Y Que Tanto Este Empleado Como El Encargado Del Manejo De Los Fondos Cumplan Las Especificaciones, Reglamentos Y Órdenes De La Dirección General De Caminos Nacionales
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