en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO : Que el númeral 1º del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspcndientes apropiaciones para gastos
Considerando · 4 motivos
Que el númeral 1º del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspcndientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicicnales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972 del Ministerio de Minas y Petróleos por un total de $ 4.663.389.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto-ley número 1675 de 1964. y con base en el producto del superávit fiscal de 1971, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1972, por $ 404 359.234 88, de los cuales se utilizan $ 4.663.389.00 para financiar la apertura de los créditos presupuéstales de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1972, Con La Cantidad De Cuatro Millones Seiscientos Sesenta Y Tres Mil Trescientos Ochenta Y Nueve Pesos ($ 4
º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de cuatro millones seiscientos sesenta y tres mil trescientos ochenta y nueve pesos ($ 4.663.389.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 10 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. Recursos de Capital. CAPITULO XV Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 166. Superávit fiscal de 1971 $ 4.663.389 Suma el recurso $ 4.663.389
Artículo 2Con Base En El Recurso Fiscal De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1972
º Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1972. Presupuesto de Punciamiento. Ministerio de Minas y Petróleos, CAPITULO 271 Ministerio de Minas y Petróleos. Programa 291. Dirección y Administración Superior. Servicios personales. 101 111 103 Artículo 2901. Sueldos del personal de nómina $ 528.742 102 111 117 Artículo 2906 Prima de Navidad $ 87.848 102 111 120 Artículo 2907 Prima Técnica $ 99.970 Transferencias. 202 331 404 Artículo 2918. Pondo Nacional de Ahorro $ 454.506 Programa 292. Fomento de la Industrial del Petróleo. Subprograma
Servicios Técnicos. Servicios personales. 101 241 103 Articulo 2919 Sueldos del personal de nómina 344.654 102 241 117 Artículo 2921 Prima de Navidad 70.557 102 241 120 Artículo 2922 Prima Técnica 156.910 Subprograma
Fiscalización y Vigilancia de Petróleos Servicios Personales. 101 242 103 Artículo 2929. Sueldos del personal de nómina $ 359,910 102 242 117 Artículo 2930. Prima de Navidad $ 36.931 Programa 293. Fomento de la Minería. Subprograma 1. Servicios Técnicos. Servicios personales. 101 231 103 Artículo 2937. Sueldos del personal de nómina $ 273.111 102 231 117 Artículo 2938. Prima de Navidad $ 32.973 102 231 120 Artículo 2939. Prima Técnica $ 16.825 Programa 2. Fiscalización y Vigilancia de Minas. Servicios personales. 101 232 103 Artículo 2945. Sueldos del personal de nómina $ 491.486 102 232 117 Artículo 2946. Prima de Navidad $ 47.886 Subprograma
Administración Regional. Servicios personales. 101 232 103 Artículo 2952. Sueldos del personal de nómina $ 1,171.836 102 232 117 Artículo 2954. Prima de Navidad $ 112.064 102 232 120 Artículo 2955. Prima Técnica $ 82 .896 Programa 294. Asuntos Legales. Servicios personales. 101 231 103 Artículo 2963. Sueldos del personal de nómina $ 181.248 102 231 117 Artículo 2964. Prima de Navidad $ 31.286 102 231 120 Artículo 2965. Prima Técnica $ 81.750 Suman los créditos $ 4.663.389
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.