Micelio

decreto 670 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998

Artículo 19Del Decreto 2590 De 2003, Modificado Por El Artículo 2° Del Decreto 973 De 2004 Y Por El Artículo 2° Del Decreto 4380 De 2004, El Cual Quedará Así: “artículo 19

Artículo l°. Modifíquese el artículo 19 del Decreto 2590 de 2003, modificado por el artículo 2° del Decreto 973 de 2004 y por el artículo 2° del Decreto 4380 de 2004, el cual quedará así: “Artículo 19. Continuidad de las obligaciones y derechos del Contrato de Concesión de Salinas . El Instituto de Fomento Industrial, IFI, en Liquidación cumplirá las funciones, facultades, obligaciones y derechos derivados del contrato de administración delegada celebrado entre el Instituto de Fomento Industrial, IFI, y la Nación el 2 de abril de 1970, hasta el 31 de julio de 2007”.

Artículo 50

Modifíquese el artículo 19 del Decreto 2590 de 2003, modificado por el artículo 2° del Decreto 973 de 2004 y por el artículo 2° del Decreto 4380 de 2004, el cual quedará así:

“Artículo 19. Continuidad de las obligaciones y derechos del Contrato de Concesión de Salinas. El Instituto de Fomento Industrial, IFI, en Liquidación cumplirá las funciones, facultades, obligaciones y derechos derivados del contrato de administración delegada celebrado entre el Instituto de Fomento Industrial, IFI, y la Nación el 2 de abril de 1970, hasta el 31 de julio de 2007”.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 52 de la Ley 489 de 1998
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública