El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y en desarrollo de los Decretos números 1634 y 1678 de 1960
Artículo 1
Artículo primero. Sustitúyense la clase y grado ocupacional del cargo incorporado en la planta del Ministerio de Gobierno por Decreto número 1873 de 1960, así: Oficina Jurídica, Sección de Propiedad Intelectual y Prensa. Un Jefe clase IV, grado 10, por Un Jefe clase V, grado 11.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil