El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase el cargo de Interventor para la ejecución del contrato de pavimentación de la carretera Popayán - Mercaderes, con una asignación mensual de $ 1.000, que se cubrirá con los fondos destinados para dicha obra. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas