Artículo 1Distribuyese La Partida De Cuarenta Y Cinco Mil Pesos, Apropiada En El Capítulo 107, Artículo 1946 Del Presupuesto Nacional Vigente, En La Siguiente Forma Para Las Obras De Arreglo E Higienización De Los Castillos De Bocachica, En La Bahía De Cartagena, De Que Trata El Artículo 8° De La Ley 5 De 1940, $ 25
Articulo 1° Distribuyese la partida de cuarenta y cinco mil pesos, apropiada en el Capítulo 107, artículo 1946 del Presupuesto Nacional vigente, en la siguiente forma para las obras de arreglo e higienización de los castillos de Bocachica, en la bahía de Cartagena, de que trata el artículo 8° de la Ley 5 de 1940, $ 25.000; para cubrir el aporte de la Nación a la conservación y embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena, según el artículo 5° de la Ley 32 de 1924, y el artículo 10 de la Lye 5ª de 1940, $ 20.000.
Artículo 2La Dirección Y Administración De Las Obras Que Sea Necesario Ejecutar En Los Castillos De Bocachica, Estarán A Cargo Del Comandante De La Base Naval De Cartagena, Quien Actuará Asesorado Por La Dirección General De Edificios Nacionales Y Por La Sociedad De Mejoras Públicas De Cartagena
° La dirección y administración de las obras que sea necesario ejecutar en los castillos de Bocachica, estarán a cargo del Comandante de la Base Naval de Cartagena, quien actuará asesorado por la Dirección General de Edificios Nacionales y por la Sociedad de Mejoras Públicas de Cartagena. El manejo de fondos y elementos para las referidas obras, estará a cargo del Contador Pagado Almacenista de la Base Naval A.R. C. "Bolívar", quien responderá de tales fondos y elementos con la misma fianza que actualmente tiene constituida.
Artículo 3El Manejo De Los Fondos Correspondientes Al Aporte De La Nación Para La Conservación Y Embellecimiento De Los Monumentos Históricos De Cartagena, Continuará A Cargo Del Secretario Tesorero De La Sociedad De Mejoras Públicas De Dicha Ciudad
Articulo 3° El manejo de los fondos correspondientes al aporte de la Nación para la conservación y embellecimiento de los monumentos históricos de Cartagena, continuará a cargo del Secretario Tesorero de la Sociedad de Mejoras Públicas de dicha ciudad. Comuníquese y publíquese.