Micelio

decreto 830 de 1926

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Artículo 1Auméntase A Cincuenta (50) Palabras La Franquicia Telegráfica De Que Actualmente Goza La Intendencia De La Navegación Fluvial, De Barranquilla

º Auméntase a cincuenta (50) palabras la franquicia telegráfica de que actualmente goza la Intendencia de la Navegación Fluvial, de Barranquilla.

Artículo 2Queda En Los Términos Anteriores Reformado El Artículo 38 Del Decreto 896, Del 22 De Mayo De 1924

º Queda en los términos anteriores reformado el artículo 38 del Decreto 896, del 22 de mayo de 1924.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos