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decreto 1490 de 2015

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Artículo 1Efectúense Los Siguientes Ajustes Al Presupuesto Del Sistema General De Regalías 2015-2016, Contracreditando Recursos Del Capítulo Ii - Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Beneficiarios Subcapítulo 2 - Fondo De Desarrollo Regional (Fdr) Compensación Asignaciones Directas - Sección 90 Concepto Otros Por Distribuir, Un Valor De Cuatrocientos Cincuenta Y Nueve Millones Trescientos Noventa Y Tres Pesos ($459

°. Efectúense los siguientes ajustes al presupuesto del Sistema General de Regalías 2015-2016, contracreditando recursos del CAPÍTULO II - PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENEFICIARIOS SUBCAPÍTULO 2 - FONDO DE DESARROLLO REGIONAL (FDR) COMPENSACIÓN ASIGNACIONES DIRECTAS - SECCIÓN 90 concepto OTROS POR DISTRIBUIR, un valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS ($459.000.393) MONEDA LEGAL, de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 2Con Base En El Contracrédito Efectuado En El Artículo Anterior, Acredítese En El Capitulo Ii – Presupuesto De Las Asignaiones A Los Fondos Y Benificiarios Subcapitulo 2- Fondo De Desarrollo Regional- Fdr Compensacion Asignaciones Directas, Un Valor De Cuatrocientos Cincuenta Y Nueve Millones Trescientos Noventa Y Tres Pesos Moneda Legal ( $459

Con base en el contracrédito efectuado en el artículo anterior, acredítese en el CAPITULO II – PRESUPUESTO DE LAS ASIGNAIONES A LOS FONDOS Y BENIFICIARIOS SUBCAPITULO 2- FONDO DE DESARROLLO REGIONAL- FDR COMPENSACION ASIGNACIONES DIRECTAS, un valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS MONEDA LEGAL ( $459.000.393), de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 3Efectúese Los Siguientes Ajustes Al Presupuesto Del Sistema General De Regalías 2015- 2016, Contracreditando Recursos De Capitulo Ii – Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Benificiarios Subcapitulo 2- Fondos De Desarrollo Regional – Fdr Compensacio Asignaciones Directas, La Suma De Seiscientos Quince Mil Cuatrocientos Ochenta Y Dos Millones Seiscientos Treinta Mil Cuatrocientos Treinta Y Nueve Pesos Moneda Legal ($ 615

Efectúese los siguientes ajustes al presupuesto del Sistema General de Regalías 2015- 2016, contracreditando recursos de CAPITULO II – PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENIFICIARIOS SUBCAPITULO 2- FONDOS DE DESARROLLO REGIONAL – FDR COMPENSACIO ASIGNACIONES DIRECTAS, la suma de SEISCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ($ 615.482.439) de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 4Con Base En El Contracrédito Efectuado En El Artículo Anterior, Acredítese En El Capitulo Iii Presupuesto De Las Entidades Receptoras Directas De Regalias Y Compensaciones, Subcapitulo I- Departamentos La Suma De Seiscientos Quince Mil Cuatrocientos Ochenta Y Dos Millones Seiscientos Treinta Mil Cuatrocientos Treinta Y Nueve Pesos Moneda Legal ( $ 615

Con base en el contracrédito efectuado en el artículo anterior, acredítese en el CAPITULO III PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALIAS Y COMPENSACIONES, SUBCAPITULO I- DEPARTAMENTOS la suma de SEISCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS MONEDA LEGAL ( $ 615.482.630.439), para compensar a las entidades beneficiarias de asignaciones directas de que trata el

Parágrafo 2

transitorio del artículo 361 de la Constitución Política, de acuerdo con el siguiente detalle:

Parágrafo

Los recursos de que trata el presente artículo se desagregan entre las entidades territoriales beneficiarias de la compensación de asignaciones directas según los montos señalados en el Anexo 2 que hace parte integral del presente Decreto.

Artículo 5Dando Cumplimiento A Los Establecido En El Artículo 9 De La Ley 1606 De 2012, Una Vez Realizada La Compensación Del 2014, Efectúense Los Siguientes Ajustes Al Presupuesto Del Sistema General De Regalías 2014, Efectúense Los Siguientes Ajustes Al Presupuesto Del Sistema General De Regalías 205 – 2016, Contracreditando Recursos Del Capitulo Ii-Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Benificiarios Subcapitulo 2,- Fondo De Desarrollo Regional- Fdr Compensacion Asignaciones Directas , La Suma De Sesenta Y Ocho Mil Doscientos Setneta Millones Quinientos Setente Y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarena Y Seis Pesos Moneda Legal ($68

Dando cumplimiento a los establecido en el artículo 9 de la Ley 1606 de 2012, una vez realizada la compensación del 2014, efectúense los siguientes ajustes al presupuesto del Sistema General de Regalías 2014, efectúense los siguientes ajustes al presupuesto del Sistema General de Regalías 205 – 2016, contracreditando recursos del CAPITULO II-PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENIFICIARIOS SUBCAPITULO 2,- FONDO DE DESARROLLO REGIONAL- FDR COMPENSACION ASIGNACIONES DIRECTAS , la suma de SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETNETA MILLONES QUINIENTOS SETENTE Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENA Y SEIS PESOS MONEDA LEGAL ($68.270.574.446), DE ACUERDO CON EL SIGUIENTE DETALLE:

Artículo 6Con Base En El Contracrédito Efectuado En El Artículo Anterior, Acredítese En El Capitulo Ii – Presupuesto De Las Asignaciones A Los Fondos Y Benificiarios Subcapitulo 2 - Fondo De Desarrollo Regional - Proyectos De Inversion Para Ser Destinados Al Financiamiento De Proyectos De Inversión, La Suma De Sesenta Y Ocho Mil Doscientos Setenta Millones Quinientos Setenta Y Cuatro Mil Cuatrocientos Cuarenta Y Seis Pesos Moneda Legal ( $ 68

Con base en el contracrédito efectuado en el artículo anterior, acredítese en el CAPITULO II – PRESUPUESTO DE LAS ASIGNACIONES A LOS FONDOS Y BENIFICIARIOS SUBCAPITULO 2 - FONDO DE DESARROLLO REGIONAL - PROYECTOS DE INVERSION para ser destinados al financiamiento de proyectos de inversión, la suma de SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS MONEDA LEGAL ( $ 68.270.574) de acuerdo con el siguiente detalle:

Artículo 7El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Girará Las Compensaciones De Que Trata El Presente Decreto A Las Cuentas Registradas De Las Entidades Territoriales Beneficiarias, Conforme A Los Montos Asignados En El Anexo 2 Que Hace Parte Integral Del Presente Decreto

El ministerio de Hacienda y Crédito Público girará las compensaciones de que trata el presente Decreto a las cuentas registradas de las entidades territoriales beneficiarias, conforme a los montos asignados en el Anexo 2 que hace parte integral del presente Decreto.

Artículo 8Las Entidades Territoriales Beneficiarias De La Compensación De Que Trata El Presente Decreto, Deberán Destinar Los Recursos Asignados En El Anexo 2 Que Lo Acompaña, De Acuerdo Con Las Normas Y Procedimientos Del Sistema General De Regalias Aplicables A Las Asiganciones Directas

Las entidades territoriales beneficiarias de la compensación de que trata el presente Decreto, deberán destinar los recursos asignados en el Anexo 2 que lo acompaña, de acuerdo con las normas y procedimientos del Sistema General de Regalias aplicables a las asiganciones directas.

Artículo 9El Presente Decreto Rige A Parir De La Fecha De Su Publicación

El presente Decreto rige a parir de la fecha de su publicación.