Micelio

decreto 829 de 1994

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en Desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Artículo 1

º . Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno del Canadá, un cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación básica mensual de cinco mil doscientos dólares con 00-100 (US$5.200.00), actualmente vacante.

Artículo 2

º . Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, un cargo de Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ciento treinta y tres dólares con 69/100 (US$3.133.69) y nómbrase provisionalmente para desempeñarlo a la doctora Alicia María Garrido Angulo.

Artículo 3

º . Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4

º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de abril de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO. La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemí Sanín de Rubio El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en Desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público