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decreto 112 de 1958

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en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que con fundamento en el Decreto legislativo número 0277 de 1957 el Distrito Especial de Bogotá adquirió, con destino a la construcción de un bosque o parque popular, la finca denominada "Hacienda La Florida", ubicada en jurisdicción del mismo Distrito Especial y de los Municipios de Funza y Cota, Departamento de Cundinamarca

Considerando · 3 motivos

Que con fundamento en el Decreto legislativo número 0277 de 1957 el Distrito Especial de Bogotá adquirió, con destino a la construcción de un bosque o parque popular, la finca denominada "Hacienda La Florida", ubicada en jurisdicción del mismo Distrito Especial y de los Municipios de Funza y Cota, Departamento de Cundinamarca;

Que el Distrito Especial está llevando a cabo en el expresado inmueble obras de ornato e instalaciones para deportes al aire libre, y;

Que para conseguir una administración centralizada del bosque o parque popular de "La Florida" se hace necesario anexar al Distrito Especial de Bogotá los terrenos del mismo parque que hoy pertenecen a los Municipios de Funza y Cota;

Artículo 2

Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende las disposiciones: que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo. Raimundo Emiliani Román . - E1 Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas