en uso de sus atribuciones legales y especialmente de las que le confiere el artículo 3° de la Ley 33 de 1947
Artículo 1
Artículo único. A partir del 1° de septiembre próximo la Sección de Información y Censo de Contribuyentes de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca constará del siguiente personal, con las asignaciones mensuales qua a continuación se expresan: Jefe de Información y Censo $ 550.00 Mecanotaquígrafa Segunda 200.00 Dos (2) Inspectores de Censo, a $ 280 cada uno 560.00 Oficial Radicador 220.00 Portero Cartero 160.00 Jefe de Coordinación 360.00 Archivero General 260.00 Ayudante de Archivo 210.00 Seis (6) Codificadores Primeros, a $ 230 cada uno 1.380.00 Seis (6) Codificadores Segundos, a $ 210 cada uno 1.260.00 Cuatro (4) Oficiales de Indice, a $ 190 cada uno 760.00 Seis (6) Revisores, a $ 210 cada uno 1.260.00 Jefe de Tabulación 300.00 Ayudante de Tabulación 230.00 Cinco (5) Oficiales de Perforación, a $ 220 cada uno 1.100.00 Oficial del Equipo de Impresión 260.00 Tres (3) Ayudantes del Equipo, a $ 200 cada uno 600.00 Cópiese,