Micelio

decreto 253 de 1994

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El Ministro de Gobierno de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de la otorgada en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Aprobar En Todas Y Cada Una De Sus Partes El Acuerdo 005 Del 8 De Septiembre De 1993 Expedido Por El Consejo Directivo Del Instituto Nacional De Formación Técnica Profesional De Ciénaga, Sobre Adopción De La Planta De Personal Administrativo De Esa Institución, Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 005 De 1993 (Septiembre 8) "por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Del Instituto Nacional De Formación Técnica Profesional De Ciénaga Magdalena"

º. Aprobar en todas y cada una de sus partes el Acuerdo 005 del 8 de septiembre de 1993 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga, sobre adopción de la Planta de Personal Administrativo de esa Institución, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 005 DE 1993 (septiembre 8) "por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga Magdalena". El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de Ciénaga, Magdalena, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: No. DE CARGOS DEPENDENCIAS Y DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO DESPACHO DEL RECTOR 1 Rector de Institución Técnica Profesional 2155 9 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 1 Conductor Mecánico 6010 8 PLANTA GLOBALIZADA 4 Director de Unidad de Institución Técnica Profesional 2195 6 1 Secretario General de Institución Técnica Profesional 2160 3 7 Profesional Universitario 3020 3 1 Técnico Administrativo 4065 9 1 Operario 6030 5 1 Operario Calificado 6000 6 9 Auxiliar Administrativo 5120 7 1 Pagador 5045 17 6 Celador 6020 2 4 Auxiliar de Servicios Generales 6035 2 Artículo 2º. El Rector mediante resolución hará la distribución de los cargos y la ubicación del personal de la Planta Globalizada de acuerdo con la Estructura orgánica, los Planes y Programas y las necesidades de servicios. Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo 003 del 20 de marzo de 1992, y para su validez requiere de la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Ciénaga, a los ocho (8) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y tres (1993). El Presidente, (Fdo.) Tomás Zabaleta Herrera . La Secretaria, (Fdo) Irasema E. Leal Jiménez ».

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1994 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública