Artículo 2313Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, "para Auxiliar A Las Sociedades De Agricultores, Agremiaciones Similares Y Auxilios A Las Publicaciones De Carácter Agropecuario Que A Juicio Del Ministerio Merezca Disfrutarlo, En El Año", Hácese La Siguiente Distribución: Capítulo 206
Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 206, artículo 2313 del Presupuesto de la vigencia en curso, "Para auxiliar a las Sociedades de Agricultores, agremiaciones similares y auxilios a las publicaciones de carácter agropecuario que a juicio del Ministerio merezca disfrutarlo, en el año", hácese la siguiente distribución: Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 1° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Colombia, en el año. (Ley 40 de 1946) $ 15.000.00 Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Revista Nacional de Agricultores, en el año. (Ley 46 de 1909 $ 15.000.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 3° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Revista Agricultura Tropical, en el año 3.600.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 4° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad Antioqueña de Agricultores, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 5° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Atlántico, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313 Ordinal 6° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Boyacá, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 7° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Huila, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 8° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Manizales, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 9° Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores de Santander, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 10. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Valle, en el año 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 11. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Sociedad de Agricultores del Cauca, en el año. 1.800.00 Capítulo 206. Artículo 2313. Ordinal 12. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la revista "Colombia Ganadera", en el año 2.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. El pago de los aportes y auxilios de que trata este Decreto en el artículo anterior, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones. Comuníquese y cúmplase.