en uso de sus facultades legales
Artículo 1Del Presupuesto Nacional Vigente, De Que Tratan Los Decretos Números 143 Y 1209 De 1965, Hácense Las Siguientes Disminuciones: Capitulo 704 Financiamiento A Cargo Del Ministerio
Artículo primero. En la distribución de la partida global para el Museo Nacional, apropiada en el Capítulo 704, artículo 7318 del Presupuesto Nacional vigente, de que tratan los Decretos números 143 y 1209 de 1965, hácense las siguientes disminuciones: CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I Financiamiento de Establecimientos Dependientes. Artículo 7318-Museo Nacional. Servicios Personales. a) Sueldos del personal de nómina $ 1.530.00
Artículo 2-Museo Nacional
Artículo segundo. Con la partida de que trata el artículo anterior, auméntase la partida apropiada por los mismos Decretos citados, así: CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa I Financiamiento de Establecimientos Dependientes. Artículo 7318-Museo Nacional. Gastos Generales. j) Servicios públicos $ 1.530.00
Artículo 3
Artículo tercero. Quedan en los términos anteriores, modificados los Decretos números 143 y 1209 de 1965, en cuanto se refiere a la partida apropiada para el funcionamiento del Museo Nacional. Comuníquese y cúmplase.