en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que con Decreto número 2610 de fecha 21 de julio de 2011, el señor Presidente de la República, se desplazaría a la ciudad de Lima (República del Perú), con el fin de participar en la Cumbre Presidencial de la Comunidad Andina
Considerando · 3 motivos
Que con Decreto número 2610 de fecha 21 de julio de 2011, el señor Presidente de la República, se desplazaría a la ciudad de Lima (República del Perú), con el fin de participar en la Cumbre Presidencial de la Comunidad Andina;
Que la celebración de la Cumbre Presidencial de la Comunidad Andina fue aplazada hasta nueva fecha;
Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar el Decreto número 2610 de 2011;
Artículo 1Deróguese En Todas Sus Partes El Decreto Número 2610 De Fecha 21 De Julio De 2011
°. Deróguese en todas sus partes el Decreto número 2610 de fecha 21 de julio de 2011.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.