Micelio

decreto 111 de 2001

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 01 del 3 de enero de 2001, se dispuso la supresión y liquidación de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial

Considerando · 3 motivos

Que mediante el Decreto número 01 del 3 de enero de 2001, se dispuso la supresión y liquidación de la Promotora de Vacaciones y Recreación Social, Prosocial;

Que en virtud del Decreto 11 del 9 de enero de 2001, se designó como Liquidador de Prosocial al doctor Ricardo Agudelo Sedano, actualmente Asesor Código 1020, Grado 18 de la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien desempeñaría las funciones del citado cargo en comisión de servicios;

Que en razón a lo anterior, procede la derogatoria del artículo 2º del Decreto 11 de 2001;

Artículo 1º

º . Derógase el artículo 2º del Decreto 11 del 9 de enero de 2001.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social