Micelio

decreto 2621 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímense En El Servicio Exterior De La República, Los Siguientes Cargos: En El Consulado General De Colombia En Londres- Gran Bretaña

º Suprímense en el Servicio Exterior de la República, los siguientes cargos: En el Consulado General de Colombia en Londres- Gran Bretaña. Un (1) Cónsul de Primera Clase Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de dos mil cuatrocientos dieciocho dólares con 64/100 (US$ 2.418.64), actualmente vacante. En el Consulado General de Colombia en Washington, Estados Unidos de América. Un (1) Cónsul de Segunda Clase Grado Ocupaclonal 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US $1.972.80), actualmente vacante.

Artículo 2Créanse En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Tailandia, Los Siguientes Cargos: Un (1) Ministro Plenipotenciario Grado Ocupacional 6 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Tres Mil Ciento Sesenta Y Cinco Dólares Con 41/100 (Us$ 3

º Créanse en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Tailandia, los siguientes cargos: Un (1) Ministro Plenipotenciario Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación básica mensual de tres mil ciento sesenta y cinco dólares con 41/100 (US$ 3.165.41) y nómbrase para desempeñarlo al doctor Luis Toro Escobar. Un (1) Auxiliar Administrativo 8 PA, con una asignación básica mensual de un mil doscientos veintiséis dólares con 03/100 (US$ 1.226.03).

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2 º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público