Micelio

decreto 2621 de 1965

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 8° de la Ley 20 de 1964

Artículo 1

De la partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7128, ordinal 27 del Presupuesto Nacional vigente, hácese la siguiente distribución para auxilio de las Escuelas Parroquiales de Alfabetización durante once (11) meses, de febrero a diciembre del año en curso, así:

Parágrafo

primero. Los auxilios de que trata el artículo anterior serán girados a los Párrocos de las correspondientes localidades, previo certificado de funcionamiento del plantel, expedido por la primera autoridad del lugar.

Artículo 7128, Ordinal 27 Del Presupuesto Nacional Vigente, Hácese La Siguiente Distribución Para Auxilio De Las Escuelas Parroquiales De Alfabetización Durante Once (11) Meses, De Febrero A Diciembre Del Año En Curso, Así: Para Una Escuela Parroquial En El Municipio De Sardinata (Las Mercedes) En El Departamento De Santander, A $ 150

Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7128, ordinal 27 del Presupuesto Nacional vigente, hácese la siguiente distribución para auxilio de las Escuelas Parroquiales de Alfabetización durante once (11) meses, de febrero a diciembre del año en curso, así: Para una Escuela Parroquial en el Municipio de Sardinata (Las Mercedes) en el Departamento de Santander, a $ 150.00 mensuales $ 1.650.00 Para una Escuela Parroquial en González, en el Departamento del Magdalena, a $ 150.00 mensuales 1 650.00 Suma la distribución parcial $ 3.300.00

Parágrafo 1

Los auxilios de que trata el artículo anterior serán girados a los Párrocos de las correspondientes localidades, previo certificado de funcionamiento del plantel, expedido por la primera autoridad del lugar.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional