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decreto 1984 de 1971

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4° de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4° de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que los Ministerios de Salud Pública y Educación Nacional por medio de Resoluciones números 1414 y 4593 dé 1971, declararon sobrantes los saldos de unas apropiaciones dé su presupuesto de gastos para, la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes por un valor total de $ 3.991,062.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 35 y 36 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos Ministerio De Salud Pública Capitulo 231 Ministerio De Salud Pública Programa 252 Atención Médica Sub-Programa 1

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de funcionamiento Contracréditos Ministerio de Salud Pública CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública Programa 252 Atención Médica Sub-programa

1.

Administración Gasto generales 106 351 205. Artículo 2326. Viáticos y gastos de viaje 30.000 Programa 255 Servicios Administrativos Gastos generales 106 351 205. Artículo 2491. Viáticos y gastos de viajes 30.000 Ministro de Educación Nacional CAPITULO 281 Ministerio de Educación Nacional Programa 311 Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación Sub-programa 1. Gabinete del Ministro Gastos generales 106 111 213. Artículo 2812. Impresos y publicaciones 420.000 Sub-programa

2.

Proyectos Técnicos y Docentes Especializados Transferencias 203 311 412. Artículo 2814. Organización de las Secretarías Departamentales de Educación 50.000 203 311 412. Artículo. 2815. Mejoramiento de la Supervisión Educativa de los Departamentos. 50.000 205 311 430. Articuló 2819, Adiestramiento de personal técnico, organización de Seminarios e Investigación sobre Radio y T. V. Educativas 50.000 Sub-programa 4. Inspección Educativa Gastos generales 106 111 211. Artículo 2850. Materiales y suministros 30.000 106 111 213. Artículo 2851. Impresos y publicaciones 20.000 Transferencias 203 111 412 Artículo 2852. Contratación de estudios técnicos específicos para la preparación del Segundo Plan Quinquenal de Desarrollo Educativo 100.000 Programa 313 Administración del personal Servicios personales 101 111 103 Artículo 2867. Sueldos diferencia de Escalafón 200.000 102 111 129. Artículo 2869. Subsidio familiar 600.000 Gastos generales 106 111 207. Artículo 2873. Servicios de comunicaciones 100.000 Programa 314 Servicios generales Servicios personales 102 111 127. Artículo 2879. Auxilio de transporte 100.000 Programa 315 Dirección y Control de Planteles Nacionales Gastos generales 106 111 213. Artículo 2895. Impresos y publicaciones 15.000 Programa 317 Educación Media Sub-programa 6. Institutos Politécnicos. Enseñanza Vocacional Femenina Gastos generales 106 313 210 Artículo 3008. Arrendamientos 36.000 Institutos Politécnicos Ordinal 2. Cultura Popular Bogotá 36.000 Sub-programa 7. Establecimientos de Enseñanza Normalista Servicios personales 101 313 103. Artículo 3009. Sueldos del personal de nómina 209.508 Escuelas Normales Ordinal 27. Curso Intensivo. Formación de maestros, Bogotá. 209.500 102 313 117. Artículo 3011. Prima de Navidad 17.459 Escuelas Normales Ordinal 27. Curso Intensivo. Formación de maestros, Bogotá. 17.459 102 313 119. Artículo 3012. Prima de Alimentación 10.343 Escuelas Normales Ordinal 27. Curso Intensivo. Formación de maestros, Bogotá. 10.343 102 313 121. Artículo 3013. Prima especial 9.000 Escuelas Normales Ordinal 27. Curso Intensivo. Formación de maestros, Bogotá 9.009 Programa 318 Carreras Intermedias Servicios personales 101 313 103. Artículo 3030. Sueldos del personal de nómina 250.000 Colegios Mayores Ordinal 4. Instituto Superior de Educación Rural, Bogotá 250.000 102 313 119. Artículo 3033. Prima de alimentación. 40.000 Colegios Mayores Ordinal 4. Instituto Superior de Educación Rural, Bogotá 40.000 102 313 121. Artículo 3034. Prima especial 6.780 Colegios Mayores Ordinal 4. Instituto Superior de Educación Rural, Bogotá 6.780 Gastos generales 106 313 213. Artículo 3041. Impresos y publicaciones 5.280 Colegios Mayores Ordinal 4. Instituto Superior de Educación Rural, Bogotá 5.280 106 313 215. Artículo 3042. Arrendamientos 70.000 Colegios Mayores Ordinal

3.

Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca 20.000 Ordinal 9. Instituto Técnico Agrícola Paipa, Boyacá 50.000 Programa 320 Bienestar Educativo Sub-programa 1. Dirección y Control Gastos generales 106 311 213. Artículo 3064. Impresos y publicaciones 25.000 Programa 321 Radio y T.V. -Educativas Servicios personales 101 311 107. Artículo 3078. Sueldos del personal supernumerario 100.000 Programa 323 Educación de Adultos Sub-programa 1. Dirección y Control Gastos generales 106 317 213. Artículo 3108. Impresos y publicaciones 100.000 Transferencias 205 317 430. Artículo 3109. Realización de Programas Especiales de Educación de Adultos en zonas marginales en cooperación con. Fundaciones privadas y otras entidades de Derecho Público 496.692 Ordinal 1. Programa en los Territorios Nacionales 496.692 Sub-programa 2. Educación Fundamental Gastos generales 106 317 213. Artículo 3117. Impresos y publicaciones 800.000 Escuelas de Alfabetización Ordinal 35. Oficina Directiva, Bogotá 800.000 Suman los Contracréditos $ 3.991.062 Créditos. Presupuesto de funcionamiento Ministerio de Salud Pública CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública Programa 251 Dirección Superior Gastos generales 106 111 205. Artículo 2308. Viáticos y gastos de viaje 60.000 Ministerio de Educación Nacional CAPITULO 281 Ministerio de Educación Nacional Programa 311 Dirección, Coordinación e Inspección de la Educación Sub-programa 1. Gabinete del Ministro Servicios personales 101 111 103. Artículo 2801. Sueldos del personal de nómina 575.913 102 111 117. Artículo 2804. Prima de Navidad 85.421 Sub-programa

4.

Inspección Educativa Servicios personales 101 111 103. Artículo 2836. Sueldos del personal de nómina 1.243.580 102 111 117. Artículo 2837. Prima de Navidad 228.100 Sub-programa

5.

Planeamiento Educativo Servicios personales 101 111 103. Artículo 2842. Sueldos del personal de nómina 143.070 102 111 117. Artículo 2843. Prima de Navidad. 33.130 Programa 312 Dirección General de Administración Educativa Servicios personales 101 111 103. Artículo 2853. Sueldos del personal de nómina 3.250 102 111 117. Artículo 2854. Prima de Navidad 4.330 Transferencias 201 332 404. Artículo 2862. Pondo Nacional de Ahorro 279.313 Programa 313 Administración de personal Servicios personales 101 111 103. Artículo 2866. Sueldos del personal de nómina 105.200 102 111 117. Artículo 2868. Prima de Navidad 19.920 Programa 314 Servicios Generales Servicios personales 101 111 103. Artículo 2877. Sueldos del personal de nómina 287.970 102 111 117. Artículo 2878. Prima de Navidad 59.670 Programa 315 Dirección y Control de Planteles Nacionales Servicios personales 101 111 103. Artículo 2888. Sueldos del personal de nómina 105.380 102 111 117. Artículo 2889. Prima de Navidad 21.130 Programa 316 Educación Elemental Sub-programa 2. Educación Primaria General, Magisterio de Primaria y Territorios Misionales Transferencias 203 312 412. Artículo 2909. Escuelas de Rehabilitación en Territorios Misionales. 60.000 Ordinal 16. Leticia (Río Amazonas). 60.000 203 312 412. Artículo 2910. Sostenimiento Escuelas en Territorios Misionales 240.000 Ordinal 5 Sibundoy (Putumayo) 60.000 Ordinal 8 Valledupar (Río Cesar). 60.000 Ordinal 13 San Jorge (Rio San Jorge) 60.000 Ordinal 17 Tumaco (Ríos Mira y Patía) 60.000 Programa 319 Dirección de Servicios Educativos Servicios personales 101 317 103. Artículo 3047. Sueldos del personal de nómina 11.100 102 317 117. Artículo 3048. Prima de Navidad 1.850 Programa 320 Bienestar Educativo Sub-programa 1. Dirección y Control Servicios personales 101 311 103. Artículo 3056. Sueldo del personal de nómina 22.210 102 311 117. Artículo 3057. Prima de Navidad 10.560 Programa 321 Radio y T.V. Educativas Servicios personales 101 311 103. Artículo 3077. Sueldos del personal de nómina 42.810 102 311 117. Artículo 3079. Prima de Navidad 7.810 Programa 322 División de Capacitación del Magisterio Servicios personales 101 317 103. Artículo 3090. Sueldos del personal de nómina 223.025 102 317 117. Artículo 3091. Prima de Navidad 48.200 Programa 323 Educación de Adultos Sub-programa 1. Dirección y Control Servicios personales 101 317 103. Artículo 3100. Sueldos del personal de nómina 7.450 102 317 117. Artículo 3101. Prima de Navidad 1.380 Sub-programa 2. Educación Fundamental Servicios personales 101 317 103. Artículo 3110. Sueldos del personal de nómina 22.550 Escuelas de Alfabetización Ordinal 35. Oficina Directiva, Bogotá 22.550 102 317 117. Artículo 3111. Prima de Navidad 4.090 Escuelas de Alfabetización Ordinal 35. Oficina Directiva, Bogotá 4.090 Sub-programa 3. Educación Ciudadana y Operaciones Especiales Servicios personales 102 317 117. Artículo 3120. Prima de Navidad. 3.500 Programa 324 Educación Especial Servicios personales 101 319 103. Artículo 3128. Sueldos del personal de nómina 24.200 102 319 117. Artículo 3129. Prima de Navidad 4.950 Suman los créditos 3.991.062

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado