Artículo 1
Artículo único. Las secciones territoriales que aparezcan en el Decreto número 1191 de 1905, sobre notariato y registro, con el carácter de Municipios, sin que legalmente lo sean, tales como el de Santa Isabel en el Departamento del Tolima, continuarán haciendo parte de los Municipios á que antes pertenecían en la calidad de corregimientos ó veredas. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno