Micelio

decreto 2154 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1, Ordinal A), Del Presupuesto Vigente, Carretera Simón Bolívar-Buenaventura-Saladito

Artículo primero. Disminuyese en $ 804.105.32 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal A), del Presupuesto vigente, Carretera Simón Bolívar-Buenaventura-Saladito.

Artículo 2, Ordinal B), Del Presupuesto Vigente, Carretera Armenia-Ibagué-Calarcá-Murillo-Armenia

Artículo segundo. Disminuyese en $ 549.990 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal B), del Presupuesto vigente, Carretera Armenia-Ibagué-Calarcá-Murillo-Armenia.

Artículo 3, Ordinal C), Carretera Del Carare, Sector Tunja-Barbosa-Puerto Olaya

Artículo tercero. Disminuyese en $ 55.000 la apropiación del Capítulo 116, artículo 1578, ordinal C), Carretera del Carare, sector Tunja-Barbosa-Puerto Olaya. Estas sumas se incorporarán en las partidas globales correspondientes a los artículos presupuestales mencionados. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas