Micelio

decreto 242 de 1994

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El Ministro de Gobierno de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial de la otorgada en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1º Aprobar En Todas Y En Cada Una De Sus Partes El Acuerdo 24 Del 23 De Noviembre De 1993, Expedido Por El Consejo Directivo Del Colegio Integrado Nacional Oriente De Caldas, De Pensilvania, Caldas, Sobre Adopción De La Planta De Personal Administrativo De Esa Institución Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 24 De 1993 (Noviembre 23) Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Y Se Fija El Número De Trabajadores Oficiales En El Colegio Integrado Nacional Oriente De Caldas, De Pensilvania, Caldas

º Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 24 del 23 de noviembre de 1993, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas, de Pensilvania, Caldas, sobre adopción de la Planta de Personal Administrativo de esa Institución cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 24 DE 1993 (noviembre 23) POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SE FIJA EL NÚMERO DE TRABAJADORES OFICIALES EN EL COLEGIO INTEGRADO NACIONAL ORIENTE DE CALDAS, DE PENSILVANIA, CALDAS. El Consejo Directivo del Colegio Integrado Nacional oriente de Caldas, de Pensilvania, Caldas, en uso de sus atribuciones legales, ACUERDA:

Artículo 1º Las Funciones Propias De Las Distintas Dependencias Del Colegio Integrado Nacional Oriente De Caldas, Serán Desarrolladas Por La Planta De Personal Administrativo Que A Continuación Se Establece: No De Cargos Dependencias Y Denominación Del Cargo Código Grado Rectoría 1 Rector De Institución Técnica Profesional 2155 07 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 Planta Globalizada 1 Secretario General De Institución Técnica Profesional 2160 03 5 Profesional Universitario 3020 04 3 Auxiliar De Técnico 4110 06 1 Pagador 5045 13 2 Ayudante De Oficina 5155 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 3 Secretario 5140 07 1 Almacenista 5080 09 1 Conductor Mecánico 6010 06 5 Celador 6020 03 1 Auxiliar Servicios Generales 6035 01

º Las funciones propias de las distintas dependencias del Colegio Integrado Nacional oriente de Caldas, serán desarrolladas por la Planta de Personal Administrativo que a continuación se establece: No DE CARGOS DEPENDENCIAS Y DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO RECTORÍA 1 Rector de Institución Técnica Profesional 2155 07 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 PLANTA GLOBALIZADA 1 Secretario General de Institución Técnica Profesional 2160 03 5 Profesional Universitario 3020 04 3 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Pagador 5045 13 2 Ayudante de Oficina 5155 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 3 Secretario 5140 07 1 Almacenista 5080 09 1 Conductor Mecánico 6010 06 5 Celador 6020 03 1 Auxiliar Servicios Generales 6035 01

Artículo 2º Autorizar Al Rector Para Distribuir Los Cargos De La Presente Planta Globalizada Y Para Ubicar Al Personal De La Misma, Mediante Acto Administrativo, De Acuerdo Con La Estructura Orgánica, Los Planes Y Programas Del Colegio Integrado Nacional Oriente De Caldas Y Las Necesidades Del Servicio

º Autorizar al Rector para distribuir los cargos de la presente Planta Globalizada y para ubicar al personal de la misma, mediante acto administrativo, de acuerdo con la Estructura Orgánica, los planes y programas del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas y las necesidades del servicio.

Artículo 3º Fijar En Dos (2) El Número De Trabajadores Oficiales Al Servicio Del Colegio Integrado Nacional Oriente De Caldas

º Fijar en dos (2) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Integrado Nacional Oriente de Caldas.

Artículo 4º El Presente Acuerdo Rige A Partir De Su Aprobación Por Decreto Del Gobierno Nacional Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Pensilvania, a 23 de noviembre de 1993, El Presidente, (Fdo.) JOSE ADALBERTO GÓMEZ BETANCOURT. La Secretaria General (E.), (Fdo.) MARTHA LUBIOLA RUIZ HUERTAS».

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1994 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
La Secretaria General (E.)
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública