en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que según las comunicaciones que desde Ría de Janeiro envían al Ministerio de Relaciones Exteriores los ingenieros Jefe y Subjefe de la Comisión Colombiana de límites con el Brasil, próximamente se trasladarán al territorio amazónico para dar principió con la Comisión Brasilera a las labores del deslinde según los Tratados vigentes entre los dos países, hay necesidad de completar el personal necesario que se ocupará, en dicho trabajo, según lo dispone también el Decreto
Considerando · 1 motivo
Que según las comunicaciones que desde Ría de Janeiro envían al Ministerio de Relaciones Exteriores los ingenieros Jefe y Subjefe de la Comisión Colombiana de límites con el Brasil, próximamente se trasladarán al territorio amazónico para dar principió con la Comisión Brasilera a las labores del deslinde según los Tratados vigentes entre los dos países, hay necesidad de completar el personal necesario que se ocupará, en dicho trabajo, según lo dispone también el Decreto número 1197 (julio 28) del presente año;
Artículo 1Habiendo Sido Creado Por El Decreto Número 869 Del Presente Año (31 De Mayo) El Cargo De Jefe De La Comisión Colombiana Y Nombrado Por El Mismo Acto El Ingeniero Belisario Ruiz Para Tal Cargo, Y Por El Decreto Número1197, También De Este Año (Julio 28) Los Cargos De Subjefe Y Secretario De La Misma Comisión, Nombrado Para Desempeñarlos A Los Señores Darío Rozo Y Luis Humberto Salamanca, Respectivamente, Y Los De Ingenieros Ayudantes A Los Señores Gustavo Téllez Y Humberto Bruno, Por Medio Del Presente Se Crean Los Cargos De Médico Y De Ecónomo Habilitado
°. Habiendo sido creado por el Decreto número 869 del presente año (31 de mayo) el cargo de Jefe de la Comisión Colombiana y nombrado por el mismo acto el ingeniero Belisario Ruiz para tal cargo, y por el Decreto número1197, también de este año (julio 28) los cargos de Subjefe y Secretario de la misma Comisión, nombrado para desempeñarlos a los señores Darío Rozo y Luis Humberto Salamanca, respectivamente, y los de Ingenieros Ayudantes a los señores Gustavo Téllez y Humberto Bruno, por medio del presente se crean los cargos de Médico y de Ecónomo Habilitado.
Artículo 2Para Reemplazar Al Secretario, Señor Luis Humberto Salamanca, Del Cargo De Secretario De La Comisión Colombiana, Nómbrase Ingeniero Secretario Al Señor Hernando Aparicio, Con La Asignación Mensual De Quinientos Pesos ($ 500)
°. Para reemplazar al Secretario, señor Luis Humberto Salamanca, del cargo de Secretario de la Comisión Colombiana, nómbrase Ingeniero Secretario al señor Hernando Aparicio, con la asignación mensual de quinientos pesos ($ 500).
Artículo 3Nómbrase Médico De La Comisión, Al Doctor- Arturo Vergara Uribe, Coto - La Asignación Mensual De Quinientos Pesos ($ 500)
°. Nómbrase Médico de la Comisión, al doctor- Arturo Vergara Uribe, coto - la asignación mensual de quinientos pesos ($ 500).
Artículo 4Nómbrase Ecónomo Habilitado De La Comisión Al Señor Guillermo Ruiz Rivas, Con La Asignación Mensual De Cuatrocientos Pesos ($ 400)
°. Nómbrase Ecónomo Habilitado de la Comisión al señor Guillermo Ruiz Rivas, con la asignación mensual de cuatrocientos pesos ($ 400). El señor Ruiz Rivas deberá, llenar los requisitos que la ley exige para el desempeño de este cargo.
Artículo 5Estos Empleados Se Posesionarán Y Entrarán En Funciones En La Fecha Que Se Señale Por Decreto Especial Del Gobierno, Cuando Sus Servicios Sean Precisos Para Iniciar Los Trabajos Sobre El Terreno
°. Estos empleados se posesionarán y entrarán en funciones en la fecha que se señale por decreto especial del Gobierno, cuando sus servicios sean precisos para iniciar los trabajos sobre el terreno. En tal decreto se señalará la fecha de partida desde la cual empezarán a devengar el sueldo correspondiente. Comuníquese y publíquese.