Micelio

decreto 241 de 1994

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El Ministro de Gobierno de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial de la otorgada en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978

Artículo 1Aprobar En Todas Y En Cada Una De Sus Partes El Acuerdo 07 Del 6 De Agosto De 1993, Expedido Por El Consejo Superior Del Instituto Técnico Nacional De Comercio "simón Rodríguez" De Cali, Sobre Adopción De La Planta De Personal Administrativo De Esa Institución, Cuyo Texto Es El Siguiente: «acuerdo Numero 007 De 1993 (Agosto 6) Por El Cual Se Establece La Planta De Personal Administrativo Del Instituto Técnico Nacional De Comercio Simón Rodríguez De Cali

ARTICULO 1º Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 07 del 6 de agosto de 1993, expedido por el Consejo Superior del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" de Cali, sobre adopción de la Planta de Personal Administrativo de esa Institución, cuyo texto es el siguiente: «ACUERDO NUMERO 007 DE 1993 (agosto 6) por el cual se establece la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio simón rodríguez de cali. El Consejo Superior del Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez de Cali, en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 15 del literal f) del Decreto 2465 de 26 de octubre de 1989, ACUERDA:

Artículo 1Las Funciones Propias De Las Diferentes Dependencias Del Instituto Técnico Nacional De Comercio Simón Rodríguez, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No De Cargos Dependencias Y Denominación Del Cargo Código Grado 1 Rector De Institución Técnica Profesional 2155 12 1 Secretario Ejecutivo 5040 15 1 Conductor Mecánico 6010 06 3 Auxiliar De Servicios Generales 6035 05 Planta Globalizada 1 Secretario General De Institución Técnica Profesional 2160 07 3 Director De Unidad De Institución Técnica Profesional 2195 05 3 Profesional Universitario 3020 06 1 Profesional Universitario 3020 09 1 Almacenista 5080 13 1 Pagador 5045 13 1 Técnico Administrativo 4065 11 5 Auxiliar Administrativo 5120 07 4 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 05 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 2 Secretario 5140 10 9 Celador 6020 03 13 Auxiliar Servicio General 6020 03

º Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: No DE CARGOS DEPENDENCIAS Y DENOMINACIÓN DEL CARGO CÓDIGO GRADO 1 Rector de Institución Técnica Profesional 2155 12 1 Secretario Ejecutivo 5040 15 1 Conductor Mecánico 6010 06 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 PLANTA GLOBALIZADA 1 Secretario General de Institución Técnica Profesional 2160 07 3 Director de Unidad de Institución Técnica Profesional 2195 05 3 Profesional Universitario 3020 06 1 Profesional Universitario 3020 09 1 Almacenista 5080 13 1 Pagador 5045 13 1 Técnico Administrativo 4065 11 5 Auxiliar Administrativo 5120 07 4 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 05 1 Secretario Ejecutivo 5040 11 2 Secretario 5140 10 9 Celador 6020 03 13 Auxiliar Servicio General 6020 03

Artículo 2º El Rector Del Instituto Técnico Nacional De Comercio "simón Rodríguez" Podrá Distribuir El Personal En Los Cargos Creados En El Presente Acuerdo Mediante Acto Administrativo, Teniendo En Cuenta Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas Trazados Por La Entidad

º El Rector del Instituto Técnico Nacional de Comercio "Simón Rodríguez" podrá distribuir el personal en los cargos creados en el presente Acuerdo mediante acto administrativo, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la Entidad.

Artículo 3º El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por Decreto Del Gobierno Nacional Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por Decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santiago de Cali, a los seis (6) días del mes de agosto de mil novecientos noventa y tres (1993). El Presidente, (Fdo.) Luis Alberto Macca. El Secretario (Fdo.) Pedro José Jácome Ortiz».

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Surte Efectos Fiscales A Partir Del Lº De Enero De 1994 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, Publíquesey Cúmplase

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del lº de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias, Publíquesey cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de enero de 1994. Fabio Villegas Ramirez El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez. La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón De Villamizar. El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Jorge Eliecer Sabas Bedoya.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Educación Nacional
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública