Micelio

decreto 2620 de 1974

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Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Gobierno Contracrédito Capítulo 101 Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad Programa, 101 Organización y Mejoramiento Integral de la Comunidad Servicios Personales 101 431 103: Artículo 1018. Sueldos del personal de nómina 1.312.559 Suma el contracrédito $ 1.312.559 Créditos Capítulo 100 Despacho del Ministro Programa 100 Dirección y Administración Servicios Personales 101 11.1 103. Artículo 1001. Sueldos del. Personal de nómina 434.180 102 111 117. Artículo 1003. Prima de. Navidad 187.100 Gastos Generales 105 111 201. Artículo 1007. .Mantenimiento y aseguros 25.000 105 111 205. Artículo 1009. Viáticos y gastos de viaje 50.000 106 111 207. Artículo 1010. Servicios de comunicaciones 100.000 106 111 209. Artículo 1011. Servicios públicos 75.000 106 111 211. Artículo 1012. Materiales y suministros 25.000 Capítulo 101 Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad Programa 101 Organización y Mejoramiento Integral de la Comunidad Servicios Personales 102 431 117. Artículo 1020. Prima de Navidad 55.385 Gastos Generales 106 431 207. Artículo 1025. Servicios de comunicaciones 50.000 106 431 209. Artículo 1026. Servicios públicos 50.000 Capítulo 102. Dirección General de Intendencias y Comisarías Programa 102 Desarrollo Económico y Social de los Territorios Nacionales Servicios Personales 101 111 103. Artículo 1032. Sueldos del .personal de nómina 115.640 102 111 117. Artículo 1033. Prima de Navidad 95.254 Gastos Generales 105 111. 205 Artículos 1037. . Viáticos y gastos de viaje 50.000 Suman los créditos $ 1.312.559

Artículo 2El

° El .presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público