Micelio

decreto 1825 de 1957

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

CAPITULO-527 Artículo 5293, ordinal

22.

Parágrafo

2. Para, la carretera Medellín-Ancón $ 1.000.00 Comuníquese y publíquese.

Artículo 5293Ordinal 22 Del Presupuesto Vigente, "para Conservación De Las Carreteras Del Plan Vial, Según "distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo-527 Artículo 5293, Ordinal 22

Artículo unico. De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el Capítulo 527, articulo 5293 ordinal 22 del Presupuesto vigente, "para conservación de las carreteras del plan vial, según "distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución: CAPITULO-527 Artículo 5293, ordinal 22.

Parágrafo 2

Para, la carretera Medellín-Ancón $ 1.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas