Artículo 1Para Que Se Realicen Las Gestiones Y Preparen Los Documentos Pertinentes Destinados A Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En La Ley 41 De 1968 (Artículos 1° A 6°) Créase Un Comité Compuesto Por Los Doctores Oscar Alviar, Viceministro De Hacienda; Roberto Mc
° Para que se realicen las gestiones y preparen los documentos pertinentes destinados a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 41 de 1968 (artículos 1° a 6°) créase un comité compuesto por los doctores Oscar Alviar, Viceministro de Hacienda; Roberto Mc. Causland, Viceministro de Minas y Petróleos; Héctor Amature, Auditor de la Contraloría General de la República en el Instituto de Fomento Industrial; Jorge Cárdenas Navas. Delegado por el Banco de la República, Concesión Salinas; Horacio Valencia Torres, Delegado por la Planta Colombiana de Soda, y Francisco Zuleta, Delegado por el Instituto de Fomento Industrial. El Comité estará presidido por el Viceministro de Hacienda y deberá presentar para la aprobación del Gobierno Nacional los documentos respectivos en el término de treinta (30) días.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.