Micelio

decreto 2353 de 1956

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Considerando · 2 motivos

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional; y;

Que se ha podido observar con frecuencia que muchas personas al momento de hacerse la conscripción para el servicio militar obligatorio, afirman ante las autoridades respectivas que no son reservistas, que no son casados o que no son hijos únicos, con lo cual causan serios perjuicios a los organismos militares y a los fines de aquel servicio;

Artículo 1

Artículo primero El juzgamiento de los hechos previstos en el presente Decreto, se hará por los trámites de los consejos de Guerra Verbales.

Artículo 2

Artículo segundo El presente Decreto entrará a regir a partir de la fecha de su expedición, y adiciona las disposiciones de los artículos 236 del Código Penal Común y 207 de Justicia Penal Militar. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia, encargado del Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Trabajo, encargado del Ministerio de Agricultura
El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Obras Públicas
El Ministro de Educación Nacional, encargado de Ministerio de Salud Pública
El Ministro de Comunicaciones