en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decretoley 1042 de 1978
Artículo 1
ARTICULO 1º . Aprúebase el Acuerdo número 01 de enero 5 de 1995 de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, que suprime unos cargos y determina la Planta de Personal del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 01 DE 1995 (enero 5) por el cual se suprimen unos cargos y se determina la Planta de Personal del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, en uso de las facultades legales, en especial la conferidas por el Decreto 1278 del 21 de junio de 1994, ACUERDA: Artículo 1º. Suprímense de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, antes Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras HIMAT, los siguientes cargos, así: NUMERO DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO COD GRADO A. PLANTA DESPACHO DEL DIRECTOR 1 Profesional Especializado 3010 16 2 Profesional Especializado 3010 14 1 Asistente Administrativo 4140 14 1 Secretario Ejecutivo 5040 18 1 Secretario Ejecutivo 5040 16 B. PLANTA GLOBAL 14 Jefe de División 2040 20 32 Jefe de División 2040 12 1 Jefe de Oficina 2045 23 8 Profesional Especializado 3010 18 10 Profesional Especializado 3010 16 9 Profesional Especializado 3010 14 1 Profesional Especializado 3010 13 11 Profesional Especializado 3010 12 22 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Especializado 3010 09 48 Profesional Universitario 3020 08 10 Profesional Universitario 3020 06 29 Profesional Universitario 3020 05 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 1 Analista de Sistemas 4005 16 1 Analista de Sistemas 4005 13 12 Técnico en Presupuesto 4035 15 23 Técnico Administrativo 4065 12 4 Técnico Administrativo 4065 11 1 Técnico Administrativo 4065 09 1 Técnico Administrativo 4065 07 13 Técnico Operativo 4080 12 1 Tecnico Operativo 4080 11 7 Técnico Operativo 4080 10 38 Técnico Operativo 4080 09 14 Técnico Operativo 4080 07 1 Dibujante 4095 10 12 Dibujante 4095 06 17 Auxiliar de Técnico 4110 06 2 Auxiliar de Técnico 4110 03 2 Archivista 4135 13 10 Topógrafo Tecnólogo 4160 10 3 Coordinador 5005 23 1 Coordinador 5005 21 2 Secretario Ejecutivo 5040 20 9 Secretario Ejecutivo 5040 18 6 Secretario Ejecutivo 5040 16 18 Secretario Ejecutivo 5040 13 17 Pagador 5045 18 16 Jefe de Almacén 5060 21 17 Auxiliar Administrativo 5120 13 3 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 9 Auxiliar Administrativo 5120 05 7 Conductor Mecánico 5310 19 13 Conductor Mecánico 5310 09 10 Auxiliar de Serv. Generales 5335 09
La supresión de cargos, de que trata el presente artículo, se realizará conforme a la distribución establecida en las diferentes dependencias que componen la estructura interna del Instituto, con base en la facultad que le otorgó al Director General el artículo quinto del Decreto número 1616 de 1993. Artículo 2º Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: NUMERO DE CARGOS DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO COD GRADO A. DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 Director General de Establecimiento Público 0015 23 2 sesor 1020 10 2 Asesor 1020 08 1 Profesional Universitario 3020 08 1 Técnico Operativo 4080 07 1 Asistente Administrativo 4140 16 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 B. PLANTA GLOBAL 1 Secretario General 0037 21 4 Subdirector General de Establecimiento Público 0040 21 20 Director Regional 2035 23 3 Jefe de Oficina 2045 23 14 Profesional Especializado 3010 20 6 Profesional Especializado 3010 19 32 Profesional Especializado 3010 18 59 Profesional Especializado 3010 17 18 Profesional Especializado 3010 16 26 Profesional Especializado 3010 14 45 Profesional Especializado 3010 12 121 Profesional Especializado 3010 10 7 Profesional Universitario 3020 09 42 Profesional Universitario 3020 08 23 Profesional Universitario 3020 06 5 Profesional Universitario 3020 05 1 Tecnólogo Especializado 3090 09 2 Analista de Sistemas 4005 16 2 Analista de Sistemas 4005 13 10 Analista de Sistemas 4005 11 4 Técnico en Presupuesto 4035 15 7 Técnico Administrativo 4065 15 18 Técnico Administrativo 4065 14 36 Técnico Administrativo 4065 12 4 Técnico Administrativo 4065 11 27 Técnico Operativo 4080 12 7 Técnico Operativo 4080 11 3 Técnico Operativo 4080 10 29 Técnico Operativo 4080 09 3 Auxiliar de Técnico 4110 06 1 Archivista 4135 13 4 Asistente Administrativo 4140 16 5 Tecnólogo 4165 16 2 Tecnólogo 4165 14 1 Tecnólogo 4165 13 8 Secretario Ejecutivo 5040 22 18 Secretario Ejecutivo 5040 20 31 Secretario Ejecutivo 5040 18 72 Secretario Ejecutivo 5040 16 9 Auxiliar Administrativo 5120 14 26 Auxiliar Administrativo 5120 13 8 Auxiliar Administrativo 5120 11 6 Auxiliar Administrativo 5120 10 3 Auxiliar Administrativo 5120 09 3 Operario Calificado 5300 11 37 Conductor Mecánico 5310 19 11 Conductor Mecánico 5310 15 27 Conductor Mecánico 5310 11 32 Auxiliar de Serv. Generales 5335 11 Artículo 3º . Los Empleados Públicos a que se refieren los artículos 16, 17, 18 y 19 del Decreto 1278 del 21 de junio de 1994, tendrán derecho a una indemnización en los términos y condiciones allí señalados y en el artículo 115 de la Ley 99 de 1993. Artículo 4º . Los Empleados de la Subdirección de Hidrología y Meteorología, continuarán haciendo parte de la Planta de Pesonal del INAT transitoriamente, mientras se trasladan o reubican en el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, IDEAM, y continuarán devengando la asignación básica mensual de la Planta de Personal aprobada mediante Decreto número 1616 del 18 de agosto de 1993, hasta tanto sea expedida la Planta de Personal del IDEAM, de conformidad con el artículo 31 del Decreto 1278 de 1994. Artículo 5º . Los Empleados que se incorporarán, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación del Decreto que apruebe la Planta de Personal del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, continuarán devengando la asignación básica mensual de la Planta de Personal anterior hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo empleo. Artículo 6º. El Director General queda facultado para distribuir los cargos establecidos en el artículo segundo del presente Acuerdo, entre las diferentes dependencias que componen la estructura interna del Instituto, según las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos adoptados. Artículo 7º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto de aprobación del Gobierno Nacional, deroga en lo pertinente, el Acuerdo número 53 de agosto 9 de 1993, de la Junta Directiva del HIMAT y el Acuerdo número 37 de octubre 12 de 1994 de la Junta Directiva del INAT y las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de enero de 1995. El Presidente, Juan José Perfetti . El Secretario, Carlos Enrique Díaz Vega.»
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1616 De Agosto 18 De 1993 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1616 de agosto 18 de 1993 y las demás disposiciones que le sean contrarias.