Micelio

decreto 1618 de 1992

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional

Artículo 1º Suprímese En La Embajada De Colombia En Moscú, El Cargo De Canciller 11 Pa Con Una Asignación Mensual De Mil Quinientos Quince Dólares Con 83/100 (Us$ 1

º Suprímese en la Embajada de Colombia en Moscú, el cargo de Canciller 11 PA con una asignación mensual de mil quinientos quince dólares con 83/100 (US$ 1.515.83), actualmente ocupado por el señor Jairo Humberto Oviedo Niño.

Artículo 2Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 4 Pa Local (Asistente Administrativo), Con Una Asignación Mensual De Seiscientos Veinticuatro Dólares Con 15/100 (Us$ 624

º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 4 PA local (Asistente Administrativo), con una asignación mensual de seiscientos veinticuatro dólares con 15/100 (US$ 624.15).

Artículo 3º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa Local (Recepcionista), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323

º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA local (Recepcionista), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).

Artículo 4º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Local (Secretaria), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323

º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, local (Secretaria), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).

Artículo 5º Créase En La Embajada De Colombia En Moscú, Un Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Local (Traductor), Con Una Asignación Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323

º Créase en la Embajada de Colombia en Moscú, un cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, local (Traductor), con una asignación mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22).

Artículo 6º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de octubre de 1992. CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores, Noemi Sanin De Rubio . El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez .

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Nacional
La Ministra de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público