Micelio

decreto 983 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto de carácter extraordinario 1600 de 1953

Artículo 1

Dependiente del Departamento de Interventorías del Ministerio de Obras Públicas, créase el cargo de Arquitecto Visitador con una asignación de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente mensuales, suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 115, articulo 2564 del Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 2564Del Presupuesto De Gastos Vigente

Artículo primero. Dependiente del Departamento de Interventorías del Ministerio de Obras Públicas, créase el cargo de Arquitecto Visitador con una asignación de mil pesos ($ 1.000.00) moneda corriente mensuales, suma que se cubrirá con cargo al Capítulo 115, articulo 2564 del Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 2

Artículo segundo. Para desempeñar el cargo de Arquitecto Visitador del Departamento de Interventorias del Ministerio de Obras Públicas, creado por el artículo anterior, nómbrase al señor Jorge Pérez Perico. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas